Fatwa sobre la Música por el Gran Mufti y Sheij de Al-Azhar
Tocar el tambor y otros elementos musicales en ocasiones especiales está permitido por los sabios de forma unánime.
Escuchar música, atender eventos musicales, el estudio de la musicología y los instrumentos está permitido siempre y cuando no estén acompañados de actos inmorales (ilícitos), o sean usados como pretexto para incitar a la gente a realizar dichos actos y no alejen al creyente de realizar sus actos obligatorios de culto (al- wajibat).
Shaykh Jad al-Haq Ali Jad al-Haq recibió una pregunta en una carta publicada en la revista Mimbar al-Islam (The Muslim Platform/Pulpit) número 217 en el año 1980 sobre la decisión de la Sharia sobre la música en sí, sin las cosas con las que suelen estar asociadas a la misma. Esta pregunta fue inicialmente presentada a un grupo de eruditos y expertos en ciencias islámicas que discutieron la cuestión, pero no llegaron a ningún acuerdo. Fueron divididos en dos bandos, aquellos que lo consideraron lícito y otros ilícito.
Cuando la carta fue recibida el Shaykh, contestó:
Ibn al-Qaysarani mencionó en su libro al-Sama o “Escuchando” (línea 31, p.63 publicado por el Consejo Superior de Asuntos Religiosos en el año 1390H-1970 editado por Ustadh Abu al-Wafa al-Maraghi) la declaración de Imam al-Shafi’i (fundador de la escuela de jurisprudencia Shafi’i): Las más importantes fuentes de jurisprudencia islámica son el Corán y la Sunna(ejemplo profético).Si alguien no encuentra una respuesta específica en uno de ellos podrá utilizar el Qiyas (deducción analógica). Si un hadiz (dicho profético) ha sido transmitido por una cadena de transmisión continúa (sin romperse) desde el profeta, y es demostrado que la cadena es auténtica entonces este hadiz es denominado Sunna. El Ijma’ (consenso) es más grande que una narración transmitida por un sola cadena de transmisión, y lo aparente y claro (Zahir) se toma en consideración por encima de lo que no lo es. Si dos o más hadices son iguales, aquel con la cadena de transmisión más fuerte será tomado en cuenta primero. Una narración con un hadiz con una cadena de transmisión discontinúa o rota no será transmitido a parte de aquellos transmitidos por Ibn al-Musayyib.
También ha sido mencionado en el mismo libro: con respecto a escuchar instrumentos musicales (al-qadid y al-awtar) que también son conocidos como taghyir o taqtaqa, que no hay ninguna diferencia entre escuchar a cualquiera de ellos debido a que no hay ninguna evidencia auténtica (sahih) o débil (daguif???) en forma de narración profética que demuestre que son lícitos o ilícitos. De hecho, los eruditos del pasado (los mutaqadimum) consideraron la escucha de estos instrumentos como lícita basándose en el principio de jurisprudencia islámica de que todas las cosas son lícitas por defecto, hasta que una evidencia indisputable de la Sharia (Corán y la Sunna) demuestre lo contrario.
El veredicto islámico con respecto a todos los tipos de instrumentos musicales es el mismo. No hay ninguna evidencia de la Sharia que demuestre que sean lícitos ni ilícitos. Todas las narraciones que han sido transmitidas y reportadas que afirman que los instrumentos son ilícitos no pueden establecer y demostrar ser del profeta Muhammad (Saw) y este ha sido el pensamiento dominante de la gente de Madina (ahl Madina)(o la escuela malikí).Estuvieron de acuerdo de forma unánime que escuchar instrumentos musicales está permitido. De forma similar, ahl al-Zahir (literalistas) basaron está posición en su principio de permisibilidad(todas las cosas son lícitas hasta que una evidencia del Corán o la Sunna demuestre lo contrario).
Los instrumentos de viento(mazamir) y otros instrumentos musicales(malahi), han sido demostrados como lícitos por narraciones auténticas (hadices) (mirar libro al-Sama “Escuchando” (página 71 en adelante, publicado por el Consejo Superior de Asuntos Religiosos en el año 1390H-1970 editado por Ustadh Abu al-Wafa al-Maraghi). La permisibilidad de la música, también puede ser demostrada por el verso (ayah): “y cuando ven tijara(comercio) o lahw (entretenimiento con instrumentos musicales) corrieron hacia ella y te dejan plantado. Di: Lo que Allah tiene es mejor que el entretenimiento y el comercio. Allah es el mejor de los proveedores” Al-jumu’a ayah 11. El comentario de este verso(tafsir) a través de una narración en Imam Muslim (uno de los 6 libros de hadiz) (en su auténtico) en el capítulo de Bab Al-jumu’a, bajo la autoridad de Jabir Ibn Samra que el profeta (saw) solía dar el sermón del viernes de pie, después se sentaba, para más tarde continuar con el sermón de pie. Cualquiera que te diga que el profeta (saw) solía dar sermones sentado es un mentiroso. Pues recé con el profeta más de mil rezos. En otra narración transmitida bajo la autoridad de Jabir Ibn Abdullah bajo (otro compañero del profeta): una vez el profeta (saw) estaba dando un sermón mientras estaba de pie, y una caravana llegó desde Sham (levante). La congregación salió donde la caravana quedando sólo 12 personas con el profeta(saw). Inmediatamente después dicho verso fue revelado. Al-tabari transmitió el mismo hadiz que Jabir pero en su versión le añadió: Cada vez que celebraban una boda (La gente de Medina) solían tocar elementos musicales y esto distraía a las congregaciones del profeta y algunos miembros de la congregación se unían a la celebración. Siempre dejando al profeta (saw) de pie. En este verso, Allah (swt) les amonesta por estas acciones.
Ibn al-Qushayri también menciona (a partir de la p.72 de la misma fuente): en este verso Allah ha juntado lahw (entretenimiento con instrumentos musicales) con tijara (negocio o comercio) usando la partícula gramatical wa (and) que significa que el veredicto que se aplica a uno de ellos debe aplicarse al otro ya que han sido juntados. Sabemos que los musulmanes están de acuerdo en que tijara (comercio) es lícito. Entonces, en este verso del Corán se mantiene el status quo en lo que se refiere al veredicto islámico sobre los instrumentos musicales, ya que eran parte de la cultura y las costumbres de la Arabia preislámica. Por lo que no tendría sentido sugerir que el profeta (saw) haya prohibido los instrumentos musicales (antes de que este incidente ocurriese) y que aún así cuando estas tropas musicales pasasen cerca de la mezquita del profeta(saw) y que Allah decida no revelar un verso en dicho momento que revele definitivamente que los instrumentos musicales y la música son ilícitos. Sino, que decida amonestar (itaab) a la gente que dejó al profeta (saw) de pie y se fueron a escuchar a estas tropas musicales. También, sería imposible que el profeta (saw) no mencione en su Sunna de forma directa ninguna prohibición de la música tras este incidente.
Entonces, el veredicto sobre la música o los instrumentos musicales estaría basado en el principio de permisibilidad (en otras palabras que la Música estaba permitida y que no tenemos ningún verso (ayah) o Sunna que nos demuestre lo contrario.) Este puede apoyarse también en el hadiz transmitido por Aisha (rad.) en que una de sus sirvientas de Ansar se casó con otro hombre de los Ansar y cuando escuchó esto el profeta (saw) sugirió a Aisha que porque no había ido a la boda con el lahw (entretenimiento con instrumentos) ya que como ella sabía los ansar aman el lahw. Este hadiz ha sido reportado por al-Bukhari en su Sahih (auténtico) en el capítulo del matrimonio.
En su Ihya ulum al-din (p.1150, vol.6) al-Ghazzali incluido en su octavo libro, tratando el escuchar particularmente instrumentos musicales. Escribió: si los instrumentos son medios usados por la gente para incitar a otros a beber y al vicio, tales como instrumentos de viento (mazamir), instrumentos de cuerda (awtar) y baterías (tabl al-kuba) entonces no están permitidos (ilícitos). Más allá de esto, todo los instrumentos como son la pandereta (duff) incluso si tiene cascabeles (jalalil), la batería (tabl) (otro tipo de batería diferente a la anterior), y otros, están permitidos.
Al-Qurtubi mencionó en su al-Jami li ahkam al-Quran (vol.14, p.54) una declaración de al-Qushayri: Instrumentos musicales fueron tocados en frente del profeta (saw) (para recibirle) durante su primera llegada a Madina y Abu Bakr quiso pararles y amonestar a aquellos que estaban tocando instrumentos pero el profeta (saw) le detuvo diciéndole: ¡déjalos oh Abu Bakr, así los judíos (de Medina) también aprendan que nuestra religión es relajada y complaciente! Y así las mujeres de Medina continuaron tocando los instrumentos y cantando somos las hijas de Najaar. ¡Qué excelente y maravilloso sería tener a Muhammad (saw) como Jaar (vecino)! Al-Qurtubi continuó diciendo: Ha sido dicho que el veredicto con respecto al uso de baterías (tabl) en bodas es el mismo que el de la pandereta (duff). Lo mismo se aplica a otros tipos de instrumentos usados en bodas. Es lícito (yajuz) usarlos siempre y cuando las líricas o versos de la canción no sean ofensivas ni profanas (rafath) ( Ahkam al-quran de Ibn Arabi vol.3, p.1494).
Al-Shawkani (erudito salafi) mencionó a todos los eruditos que consideraron la música y los instrumentos musicales ilícitas y a todos los que la consideraron lícita en su Nayl al- Awtar (vol.8, p.104-105) en el capítulo los Instrumentos de Entretenimiento. También mencionó las pruebas y demostraciones usadas para llegar a dichas conclusiones. Después del hadiz: cualquier forma de entretenimiento es inválida (batil) para el creyente a excepción de tres casos: Cuando un hombre juega y se entretiene con su mujer y su familia; cuando entrena a su caballo; y cuando practica lanzamiento de flechas, al-Shawkani lo siguió con un comentario de Al-Ghazzali: Cuando el profeta dice que es inválido (batil) no se refiere o no implica que sea ilícito. Sino que, simplemente significa que no hay beneficio (faida) en dichas acciones. Al- Shawkani dijo: esta (declaración de Al-ghazali) es una interpretación correcta y responde al hadiz porque las cosas que no tienen beneficio (faida) están en la categoría de cosas lícitas (mubah). Al-Shawkani también lo demostró a través del siguiente hadiz: Una mujer hizo un juramento (nadhar) por Allah que si Allah hacía que el profeta volviera de una de las batallas a salvo, ella iba a celebrarlo tocando la pandereta (duff) en frente de él (saw). El profeta la permitió cumplir su juramento dejándola tocar la pandereta.
Esta aprobación del profeta demostró que lo que hizo no era ilícito. (misma fuente vol.8, p.104-105). Al-Shawkani acabará llamando a su trabajo ibtal dawa al-ijma ala tahrim mutlaq al sama (destrucción del consenso).
Ibn Hazam (de la escuela literalista y un respetado erudito Salafi) escribió en su al-Muhalla (vol.9, p.60) que el profeta (saw) dijo: Todas las acciones son juzgadas de acuerdo a sus intenciones y cada persona obtendrá acorde a la que fue su intención. Entonces, (Ibn Hamz explica) una persona que escucha música con la intención de desobedecer a Allah (swt) será juzgado como un pecador. Esto se aplica al resto de cosas no sólo a la música. Sin embargo, si una persona escucha música con la intención de relajarse, para poder (posteriormente) estar activo y fuerte para someterse a la obediencia de Allah (swt) será juzgado como un buen y obediente creyente y dicha acción será válida. Si una persona no pretende ni obedecer ni desobedecer será juzgado como una persona que ha realizado una acción de laghw (entretenimiento) lo cual es pasado por alto (por Allah (swt)). Será tratado de la misma manera que es caminar por el parque (tanazzuh).
Bukhari incluyó en una sección de su Sahih (hadices auténticos) (vol.9, p.171) en un capítulo con el título cualquier forma de entretenimiento es inválido (batil) si mantiene a un individuo lejos de la obediencia de Allah (swt). En su Al-Rashad al-shari Imam Bukhari, añade lo siguiente después del título: aunque sería permisible bajo cualquier otra circunstancia, al igual que la persona que se mantiene muy preocupada en mantener rezos opcionales, con la recitación del Corán, con Dikr, o estudiando el significado del Corán hasta llegar a perder sus tiempos de rezo obligatorio.
De acuerdo con la escuela de jurisprudencia Hanafi, ha sido mencionado en el libro Al-Badai (vol.6, p.269) de Al-kasani bajo la discusión de aquella persona cuyo testimonio es aceptado y creíble en los Tribunales de Justicia y aquellos cuyo testimonio no es aceptado (considerado indigno de confianza): Con respecto al testimonio de la persona que toca instrumentos musicales, el tribunal deberá considerar si los instrumentos que toca son como la pandereta que no incitan al individuo a realizar actos ilícitos. En dichos casos, su testimonio será aceptado y el hecho de que él toca esos instrumentos no afectará a su credibilidad. En cambio, si es conocido por tocar instrumentos como la flauta (al-ud) u otros que incitan a la realización de actos abominables , su testimonio no será considerado creíble ya que dichos instrumentos no están permitidos bajo ninguna circunstancia.
In Mujma Al- Anhar (vol.2, p.198) bajo la misma discusión está mencionado que el testimonio de una persona no será creíble en un tribunal si se descubre que tocaba el tanbur (instrumento de cuerda parecido a la mandolina) ya que está considerado lahw. Entendiendo por tanbur aquí a cualquier instrumento que incita malas acciones entre la gente. Sin embargo, tocar todas las otras formas de instrumentos que no tienen el mismo efecto sobre la gente no afectará la credibilidad de dicha persona en el tribunal , a excepción, de que toque los instrumentos mientras baila de manera indecente (ej: danzas eróticas) debido a que es un pecado mayor.
Una vision similar ha sido expresada en el libro Al-Durr Al-Mukhtar (vol.4, p.398) de Al-Haskafi y en las notas del margen (hashiya) de Radd al-Mukhtar de Ibn Abidin, así como en Al-Mughni de Ibn Qudama (vol.10, p.240-242): Los instrumentos son de tres tipos: el primer tipo que son clasificados como ilícitos son awtar, los instrumentos de viento (mazamir), ud (flauta), tanbur (mandolina), al-mazifa, al-ribaab, y otros. Una persona que frecuentemente toca estos instrumentos no serán aceptados sus testimonios ante el tribunal; El segundo tipo son los lícitos, como es la pandereta (duff) ya que el profeta (saw) dijo: anunciar vuestros matrimonios públicamente tocando la pandereta. En Muslim en su Sahih (auténtico)
De acuerdo al diccionario Lisan Al-arab la palabra lahw se refiere a cualquier cosa con el potencial de entretener y preocupar a una persona como es la música, u otras cosas. El término malahi se utiliza para referirse a instrumentos musicales ( instrumentos de lahw). Está mencionado en Misbah Al-Munir que el significado original de lahw es tarwih (relajación y entretenimiento) haciendo está acción de una manera que sobrepase la hikma (sabiduría).
Ha sido mencionado en la fatwa de Imam al-Akbar (Grand Mufti de Egipto) ( p.375-385 en Fatawa Shaykh Saltut publicado en el año 1379AH/1959 por el Departamento Cultural de Al-Azhar) que el erudito Mahmud al-Shaltut dijo con respecto a aprender música y/o escucharla: Allah ha creado al ser humano con un impulso/instinto natural (ghariza) a apreciar las cosas bellas y agradables que les impresionan. A través de este impulso natural él es capaz de calmarse, estimularse y relajar su cuerpo. Por ello, el ser humano por naturaleza siempre está agradecido de presenciar lugares bellos, como son un hermoso jardín, el baile de las olas en aguas cristalinas, y está encantado por la vista de una cara hermosa así como de los aromas agradables. La Sharia no trata de suprimir estos impulsos e instintos humanos, sino, de regularlos. La moderación y la adaptación del equilibrio es el gran principio de oro del islam, que ha sido claramente mencionado en el Corán en muchas ocasiones, como por ejemplo: ¡Hijos de Adán! ¡Atended a vuestro atavío siempre que oréis! ¡Comed y bebed, pero no cometáis excesos, que Él no ama a los inmoderados! Al-Araf ayah 31 Corán. Por ello, la Sharia espera que el ser humano adopte el equilibrio cada vez que esté respondiendo a sus impulsos o instintos. Nos provee (la Sharia) directrices para que el instinto humano de gran amor hacia las cosas y los sonidos hermosos no nos lleven a hacernos daño o mal.
Mientras en el mismo tema, el Imam Al-Akbar (Shaykh al-Azhar Mahmud Shaltut) también añadió que una vez leyó un tratado titulado Idah al-dalalat fi sama al-alat (una explicación de la evidencia de escuchar instrumentos musicales) por uno de los grandes eruditos del siglo undécimo conocido por su devoción religiosa Shaykh Abdul Ghani al-Nabulusi al-Hanafi que declaró que los hadices usados por aquellos que consideran la música como ilícita, si los aceptamos como auténticos, su significado siempre será cualificado (muqayyad) por el hecho de que mencionan aquel tipo de música que está acompañada de actos inmorales, consumo de alcohol, fornicación, y otros vicios.
De hecho, no conocemos ningún hadiz que condene la música que no haya mencionado estos vicios. Por ello, la música no es ilícita por sí sola, sino siempre que está asociada o acompañada de vicios o cuando se convierte en un medio para actuar de forma inmoral. Si es libre de dichos problemas y vicios, entonces, está permitido escucharla, estudiarla y participar en eventos musicales.
Ha sido transmitido del profeta (saw), de muchos de sus compañeros (sahaba), y de sus sucesores (tabiun), los grandes líderes de las escuelas de ley y jurisprudencia que solían escuchar y atender a eventos musicales que no estaban acompañados de vicios ni actos prohibidos. Esta es la opinión de muchos sabios de jurisprudencia islámica (fuqaha). Sus fatwas concluyen que escuchar elementos musicales no puede estar considerado ilícito simplemente por su melodía y sonido.
Sin embargo, solo es ilícito para una persona cuando se utilizan como medio para incitar a la gente hacia actos inmorales o cuando previenen a una persona de cumplir sus obligaciones religiosas. Claramente se aprecia mientras se leen los textos de las escuelas de jurisprudencia, que hablan sobre los mandamientos legales (ahkam al-quran), y la lexicografía (lugha) que tocar la pandereta así como otros instrumentos está permitido por consenso general (ittifaq) de las escuelas, específicamente al motivar a los ejércitos en el campo de batalla, al celebrar una boda, al recibir un invitado o una persona que regresa de un viaje, y para motivar a personas envueltas en trabajos manuales duros e importantes. El único punto de diferencia entre los doctores de jurisprudencia (fuqaha), respecto a si la música está permitida o no, según podemos deducir de sus escritos, es cuando la música está acompañada de actos ilícitos e inmorales como son beber intoxicantes, bailes eróticos, fornicación y otros vicios.
Esta parece ser la posición de la escuela Hanafi (mirar Hanafi fuentes previamente mencionadas). Su opinión es que tocar instrumentos musicales estaría permitido cuando no lleve a realizar actos inmorales (ghayr al-mustashni), no afectaría al testimonio de una persona ni a su credibilidad ante un tribunal de justicia. Definieron como acto inmoral (al-mustashni) a aquellas formas de baile que están categorizadas como pecado mayor.
El sabio de la escuela Maliki Ibn Arabi (no Ibn Arabi el sufi sino el experto en hadiz) también expresó una opinión similar en su Ahkam al-quran, diciendo que era igual de lícito el usar un tambor que el usar una pandereta para celebrar bodas, y similarmente todos los otros instrumentos que sean usados para anunciar y celebrar bodas están permitidos siempre que los cantantes no utilicen líricas ofensivas.
Está claro después de leer Ibn Qudama (el sabio Hanbali) en su Mughni cuando cita a los dos juristas al-Shafi’i y Ahmad Ibn Hanbali y añade que no se opone a las posiciones de la escuela Hanafi y Maliki con respecto a las condiciones de permisibilidad de escuchar música (que no esté acompañada de actos ilícitos).
Cada vez que un jurista ha declarado la permisibilidad de unos instrumentos mientras prohibía otros, ha sido porque los instrumentos prohibidos han sido utilizados para incitar al que los escucha a realizar actos inmorales. Esto no significa que el instrumento en sí sea ilícito. Vemos esto claramente en la manera en que los Hanafi, Shafi’i, y Hanbali juristas así como el Maliki Ibn Arabi han explicado su posición de que los instrumentos musicales no deben ir acompañados de actos inmorales y vicios.
Después de un estudio detallado de todas las evidencias a favor y en contra de la música, el autor del libro Al-Sama (“escuchando”) Muhammad Ibn Tahir Ali Ibn Ali Ahmad Ibn Abi Al-Hasan Al-Shaybani Abu Al-Fadl Al-Maqdisi más conocido como Ibn Al-Qaysarani un gran experto en el área del hadiz declaró que no hay ninguna diferencia entre escuchar a un tipo de instrumento u otro ya que no hay ninguna evidencia textual, sea auténtica o inauténtica, sobre o en contra del uso de instrumentos. Sabios como Abdul Al-Ghani Al-Nabulusi Al-Hanafi quien ha sido mencionado previamente, verificó que el uso de dichos instrumentos estaba permitido ya que no hay evidencia que demuestre lo contrario. También, afirma que aquellos hadices usados por quienes se oponen al uso de instrumentos musicales, si asumimos que son auténticos, solamente condenan la música cuando está acompañada y asociada a los intoxicantes, la fornicación y otros actos inmorales. Casi todos estos hadices mencionan estos vicios como la razón detrás de su condena de la música. Esta también es la opinión de Ibn Hazm quien afirma que la permisibilidad o no de la música, está ligada a la intención de la persona.
De manera similar, la opinión de Al-Ghazali (mirar fuente citada anteriormente) mencionada por Al-Shawkani en su interpretación del hadiz, todo lahw (entretenimiento) en el cual el creyente se somete es inválido, de ninguna manera prueba o demuestra que lahw sea ilícito (haram) incluso si asumimos que la cadena de transmisión del hadiz sea auténtica. El Corán dice: “No digáis, entre lo que vuestras lenguas profieren, mentiras como <<Esto es lícito y esto es ilícito>>, inventando así la mentira contra Allah. Quienes inventen la mentira contra Allah no prosperarán” (16:116)
La argumentación que muchas veces se presenta es que escuchar música, estudiarla, atender a eventos musicales es ilícito basado en el principio legal de Sadd Al-dharia (bloquear los caminos/precaución (ante lo ilícito)) o el de dar mafasid muqaddam ala jalb al-masalih ( la prevención de la corrupción tiene preferencia sobre la adquisición de beneficio), tampoco es aceptable ni válido ya que aunque la música a veces este asociada a la corrupción, no ocurre generalmente. Por ello, en este caso sería equiparable al ( la costumbre árabe de) sentarse a los lados de las calles ( o en las esquinas). En un hadiz en Muslimen su Sahih bajo la autoridad de Abu Said Al-khudri, el profeta dijo: Cuidado con sentarse en los lados de las calles! A lo que los compañeros respondieron diciendo, oh profeta de Allah (saw)! No hacemos ningún daño a parte de hablar sobre cosas importantes. Entonces el profeta dijo, si os váis a sentar en los lados de las calles aseguraros que dais a la calle su derecho. Le preguntaron, ¿cuál es el derecho de la calle oh profeta de Allah (saw)? Bajar vuestra mirada, remover los objetos que puedan causar daño, devolver el salam (saludo)a aquellos que pasen por ella, e invitando al bien mientras prohibís el mal (mirar Sharh al-Sunna de Al-Baghawi, 12/3338). De este hadiz podemos deducir que a veces actos lícitos (halal) pueden convertirse en ilícitos cuando van acompañados de actos inmorales o haram. En dichos casos la prohibición (hurma) es causada por la existencia de actos inmorales o haram. En otras palabras, no será un veredicto independiente en sí mismo.
Entonces, mantenerse en el equilibrio (o moderación) en dichos casos es lo más apropiado, (mirar al-Muwafaqat de al-Shatibi, vol.4, p.258). Tomamos dicha posición porque sólo Allah (swt) y su mensajero (saw) tienen la responsabilidad de declarar cosas halal (lícitas) y haram (ilícitas) (mirar ilam al-Muwaqiin de Ibn al-Qayyim, vol.1, p.32).
Allah sabe más.
Traducido de The Islamic Text Institute por Ismael Elkharraz
Escuchar música, atender eventos musicales, el estudio de la musicología y los instrumentos está permitido siempre y cuando no estén acompañados de actos inmorales (ilícitos), o sean usados como pretexto para incitar a la gente a realizar dichos actos y no alejen al creyente de realizar sus actos obligatorios de culto (al- wajibat).
Shaykh Jad al-Haq Ali Jad al-Haq recibió una pregunta en una carta publicada en la revista Mimbar al-Islam (The Muslim Platform/Pulpit) número 217 en el año 1980 sobre la decisión de la Sharia sobre la música en sí, sin las cosas con las que suelen estar asociadas a la misma. Esta pregunta fue inicialmente presentada a un grupo de eruditos y expertos en ciencias islámicas que discutieron la cuestión, pero no llegaron a ningún acuerdo. Fueron divididos en dos bandos, aquellos que lo consideraron lícito y otros ilícito.
Cuando la carta fue recibida el Shaykh, contestó:
Ibn al-Qaysarani mencionó en su libro al-Sama o “Escuchando” (línea 31, p.63 publicado por el Consejo Superior de Asuntos Religiosos en el año 1390H-1970 editado por Ustadh Abu al-Wafa al-Maraghi) la declaración de Imam al-Shafi’i (fundador de la escuela de jurisprudencia Shafi’i): Las más importantes fuentes de jurisprudencia islámica son el Corán y la Sunna(ejemplo profético).Si alguien no encuentra una respuesta específica en uno de ellos podrá utilizar el Qiyas (deducción analógica). Si un hadiz (dicho profético) ha sido transmitido por una cadena de transmisión continúa (sin romperse) desde el profeta, y es demostrado que la cadena es auténtica entonces este hadiz es denominado Sunna. El Ijma’ (consenso) es más grande que una narración transmitida por un sola cadena de transmisión, y lo aparente y claro (Zahir) se toma en consideración por encima de lo que no lo es. Si dos o más hadices son iguales, aquel con la cadena de transmisión más fuerte será tomado en cuenta primero. Una narración con un hadiz con una cadena de transmisión discontinúa o rota no será transmitido a parte de aquellos transmitidos por Ibn al-Musayyib.
También ha sido mencionado en el mismo libro: con respecto a escuchar instrumentos musicales (al-qadid y al-awtar) que también son conocidos como taghyir o taqtaqa, que no hay ninguna diferencia entre escuchar a cualquiera de ellos debido a que no hay ninguna evidencia auténtica (sahih) o débil (daguif???) en forma de narración profética que demuestre que son lícitos o ilícitos. De hecho, los eruditos del pasado (los mutaqadimum) consideraron la escucha de estos instrumentos como lícita basándose en el principio de jurisprudencia islámica de que todas las cosas son lícitas por defecto, hasta que una evidencia indisputable de la Sharia (Corán y la Sunna) demuestre lo contrario.
El veredicto islámico con respecto a todos los tipos de instrumentos musicales es el mismo. No hay ninguna evidencia de la Sharia que demuestre que sean lícitos ni ilícitos. Todas las narraciones que han sido transmitidas y reportadas que afirman que los instrumentos son ilícitos no pueden establecer y demostrar ser del profeta Muhammad (Saw) y este ha sido el pensamiento dominante de la gente de Madina (ahl Madina)(o la escuela malikí).Estuvieron de acuerdo de forma unánime que escuchar instrumentos musicales está permitido. De forma similar, ahl al-Zahir (literalistas) basaron está posición en su principio de permisibilidad(todas las cosas son lícitas hasta que una evidencia del Corán o la Sunna demuestre lo contrario).
Los instrumentos de viento(mazamir) y otros instrumentos musicales(malahi), han sido demostrados como lícitos por narraciones auténticas (hadices) (mirar libro al-Sama “Escuchando” (página 71 en adelante, publicado por el Consejo Superior de Asuntos Religiosos en el año 1390H-1970 editado por Ustadh Abu al-Wafa al-Maraghi). La permisibilidad de la música, también puede ser demostrada por el verso (ayah): “y cuando ven tijara(comercio) o lahw (entretenimiento con instrumentos musicales) corrieron hacia ella y te dejan plantado. Di: Lo que Allah tiene es mejor que el entretenimiento y el comercio. Allah es el mejor de los proveedores” Al-jumu’a ayah 11. El comentario de este verso(tafsir) a través de una narración en Imam Muslim (uno de los 6 libros de hadiz) (en su auténtico) en el capítulo de Bab Al-jumu’a, bajo la autoridad de Jabir Ibn Samra que el profeta (saw) solía dar el sermón del viernes de pie, después se sentaba, para más tarde continuar con el sermón de pie. Cualquiera que te diga que el profeta (saw) solía dar sermones sentado es un mentiroso. Pues recé con el profeta más de mil rezos. En otra narración transmitida bajo la autoridad de Jabir Ibn Abdullah bajo (otro compañero del profeta): una vez el profeta (saw) estaba dando un sermón mientras estaba de pie, y una caravana llegó desde Sham (levante). La congregación salió donde la caravana quedando sólo 12 personas con el profeta(saw). Inmediatamente después dicho verso fue revelado. Al-tabari transmitió el mismo hadiz que Jabir pero en su versión le añadió: Cada vez que celebraban una boda (La gente de Medina) solían tocar elementos musicales y esto distraía a las congregaciones del profeta y algunos miembros de la congregación se unían a la celebración. Siempre dejando al profeta (saw) de pie. En este verso, Allah (swt) les amonesta por estas acciones.
Ibn al-Qushayri también menciona (a partir de la p.72 de la misma fuente): en este verso Allah ha juntado lahw (entretenimiento con instrumentos musicales) con tijara (negocio o comercio) usando la partícula gramatical wa (and) que significa que el veredicto que se aplica a uno de ellos debe aplicarse al otro ya que han sido juntados. Sabemos que los musulmanes están de acuerdo en que tijara (comercio) es lícito. Entonces, en este verso del Corán se mantiene el status quo en lo que se refiere al veredicto islámico sobre los instrumentos musicales, ya que eran parte de la cultura y las costumbres de la Arabia preislámica. Por lo que no tendría sentido sugerir que el profeta (saw) haya prohibido los instrumentos musicales (antes de que este incidente ocurriese) y que aún así cuando estas tropas musicales pasasen cerca de la mezquita del profeta(saw) y que Allah decida no revelar un verso en dicho momento que revele definitivamente que los instrumentos musicales y la música son ilícitos. Sino, que decida amonestar (itaab) a la gente que dejó al profeta (saw) de pie y se fueron a escuchar a estas tropas musicales. También, sería imposible que el profeta (saw) no mencione en su Sunna de forma directa ninguna prohibición de la música tras este incidente.
Entonces, el veredicto sobre la música o los instrumentos musicales estaría basado en el principio de permisibilidad (en otras palabras que la Música estaba permitida y que no tenemos ningún verso (ayah) o Sunna que nos demuestre lo contrario.) Este puede apoyarse también en el hadiz transmitido por Aisha (rad.) en que una de sus sirvientas de Ansar se casó con otro hombre de los Ansar y cuando escuchó esto el profeta (saw) sugirió a Aisha que porque no había ido a la boda con el lahw (entretenimiento con instrumentos) ya que como ella sabía los ansar aman el lahw. Este hadiz ha sido reportado por al-Bukhari en su Sahih (auténtico) en el capítulo del matrimonio.
En su Ihya ulum al-din (p.1150, vol.6) al-Ghazzali incluido en su octavo libro, tratando el escuchar particularmente instrumentos musicales. Escribió: si los instrumentos son medios usados por la gente para incitar a otros a beber y al vicio, tales como instrumentos de viento (mazamir), instrumentos de cuerda (awtar) y baterías (tabl al-kuba) entonces no están permitidos (ilícitos). Más allá de esto, todo los instrumentos como son la pandereta (duff) incluso si tiene cascabeles (jalalil), la batería (tabl) (otro tipo de batería diferente a la anterior), y otros, están permitidos.
Al-Qurtubi mencionó en su al-Jami li ahkam al-Quran (vol.14, p.54) una declaración de al-Qushayri: Instrumentos musicales fueron tocados en frente del profeta (saw) (para recibirle) durante su primera llegada a Madina y Abu Bakr quiso pararles y amonestar a aquellos que estaban tocando instrumentos pero el profeta (saw) le detuvo diciéndole: ¡déjalos oh Abu Bakr, así los judíos (de Medina) también aprendan que nuestra religión es relajada y complaciente! Y así las mujeres de Medina continuaron tocando los instrumentos y cantando somos las hijas de Najaar. ¡Qué excelente y maravilloso sería tener a Muhammad (saw) como Jaar (vecino)! Al-Qurtubi continuó diciendo: Ha sido dicho que el veredicto con respecto al uso de baterías (tabl) en bodas es el mismo que el de la pandereta (duff). Lo mismo se aplica a otros tipos de instrumentos usados en bodas. Es lícito (yajuz) usarlos siempre y cuando las líricas o versos de la canción no sean ofensivas ni profanas (rafath) ( Ahkam al-quran de Ibn Arabi vol.3, p.1494).
Al-Shawkani (erudito salafi) mencionó a todos los eruditos que consideraron la música y los instrumentos musicales ilícitas y a todos los que la consideraron lícita en su Nayl al- Awtar (vol.8, p.104-105) en el capítulo los Instrumentos de Entretenimiento. También mencionó las pruebas y demostraciones usadas para llegar a dichas conclusiones. Después del hadiz: cualquier forma de entretenimiento es inválida (batil) para el creyente a excepción de tres casos: Cuando un hombre juega y se entretiene con su mujer y su familia; cuando entrena a su caballo; y cuando practica lanzamiento de flechas, al-Shawkani lo siguió con un comentario de Al-Ghazzali: Cuando el profeta dice que es inválido (batil) no se refiere o no implica que sea ilícito. Sino que, simplemente significa que no hay beneficio (faida) en dichas acciones. Al- Shawkani dijo: esta (declaración de Al-ghazali) es una interpretación correcta y responde al hadiz porque las cosas que no tienen beneficio (faida) están en la categoría de cosas lícitas (mubah). Al-Shawkani también lo demostró a través del siguiente hadiz: Una mujer hizo un juramento (nadhar) por Allah que si Allah hacía que el profeta volviera de una de las batallas a salvo, ella iba a celebrarlo tocando la pandereta (duff) en frente de él (saw). El profeta la permitió cumplir su juramento dejándola tocar la pandereta.
Esta aprobación del profeta demostró que lo que hizo no era ilícito. (misma fuente vol.8, p.104-105). Al-Shawkani acabará llamando a su trabajo ibtal dawa al-ijma ala tahrim mutlaq al sama (destrucción del consenso).
Ibn Hazam (de la escuela literalista y un respetado erudito Salafi) escribió en su al-Muhalla (vol.9, p.60) que el profeta (saw) dijo: Todas las acciones son juzgadas de acuerdo a sus intenciones y cada persona obtendrá acorde a la que fue su intención. Entonces, (Ibn Hamz explica) una persona que escucha música con la intención de desobedecer a Allah (swt) será juzgado como un pecador. Esto se aplica al resto de cosas no sólo a la música. Sin embargo, si una persona escucha música con la intención de relajarse, para poder (posteriormente) estar activo y fuerte para someterse a la obediencia de Allah (swt) será juzgado como un buen y obediente creyente y dicha acción será válida. Si una persona no pretende ni obedecer ni desobedecer será juzgado como una persona que ha realizado una acción de laghw (entretenimiento) lo cual es pasado por alto (por Allah (swt)). Será tratado de la misma manera que es caminar por el parque (tanazzuh).
Bukhari incluyó en una sección de su Sahih (hadices auténticos) (vol.9, p.171) en un capítulo con el título cualquier forma de entretenimiento es inválido (batil) si mantiene a un individuo lejos de la obediencia de Allah (swt). En su Al-Rashad al-shari Imam Bukhari, añade lo siguiente después del título: aunque sería permisible bajo cualquier otra circunstancia, al igual que la persona que se mantiene muy preocupada en mantener rezos opcionales, con la recitación del Corán, con Dikr, o estudiando el significado del Corán hasta llegar a perder sus tiempos de rezo obligatorio.
De acuerdo con la escuela de jurisprudencia Hanafi, ha sido mencionado en el libro Al-Badai (vol.6, p.269) de Al-kasani bajo la discusión de aquella persona cuyo testimonio es aceptado y creíble en los Tribunales de Justicia y aquellos cuyo testimonio no es aceptado (considerado indigno de confianza): Con respecto al testimonio de la persona que toca instrumentos musicales, el tribunal deberá considerar si los instrumentos que toca son como la pandereta que no incitan al individuo a realizar actos ilícitos. En dichos casos, su testimonio será aceptado y el hecho de que él toca esos instrumentos no afectará a su credibilidad. En cambio, si es conocido por tocar instrumentos como la flauta (al-ud) u otros que incitan a la realización de actos abominables , su testimonio no será considerado creíble ya que dichos instrumentos no están permitidos bajo ninguna circunstancia.
In Mujma Al- Anhar (vol.2, p.198) bajo la misma discusión está mencionado que el testimonio de una persona no será creíble en un tribunal si se descubre que tocaba el tanbur (instrumento de cuerda parecido a la mandolina) ya que está considerado lahw. Entendiendo por tanbur aquí a cualquier instrumento que incita malas acciones entre la gente. Sin embargo, tocar todas las otras formas de instrumentos que no tienen el mismo efecto sobre la gente no afectará la credibilidad de dicha persona en el tribunal , a excepción, de que toque los instrumentos mientras baila de manera indecente (ej: danzas eróticas) debido a que es un pecado mayor.
Una vision similar ha sido expresada en el libro Al-Durr Al-Mukhtar (vol.4, p.398) de Al-Haskafi y en las notas del margen (hashiya) de Radd al-Mukhtar de Ibn Abidin, así como en Al-Mughni de Ibn Qudama (vol.10, p.240-242): Los instrumentos son de tres tipos: el primer tipo que son clasificados como ilícitos son awtar, los instrumentos de viento (mazamir), ud (flauta), tanbur (mandolina), al-mazifa, al-ribaab, y otros. Una persona que frecuentemente toca estos instrumentos no serán aceptados sus testimonios ante el tribunal; El segundo tipo son los lícitos, como es la pandereta (duff) ya que el profeta (saw) dijo: anunciar vuestros matrimonios públicamente tocando la pandereta. En Muslim en su Sahih (auténtico)
De acuerdo al diccionario Lisan Al-arab la palabra lahw se refiere a cualquier cosa con el potencial de entretener y preocupar a una persona como es la música, u otras cosas. El término malahi se utiliza para referirse a instrumentos musicales ( instrumentos de lahw). Está mencionado en Misbah Al-Munir que el significado original de lahw es tarwih (relajación y entretenimiento) haciendo está acción de una manera que sobrepase la hikma (sabiduría).
Ha sido mencionado en la fatwa de Imam al-Akbar (Grand Mufti de Egipto) ( p.375-385 en Fatawa Shaykh Saltut publicado en el año 1379AH/1959 por el Departamento Cultural de Al-Azhar) que el erudito Mahmud al-Shaltut dijo con respecto a aprender música y/o escucharla: Allah ha creado al ser humano con un impulso/instinto natural (ghariza) a apreciar las cosas bellas y agradables que les impresionan. A través de este impulso natural él es capaz de calmarse, estimularse y relajar su cuerpo. Por ello, el ser humano por naturaleza siempre está agradecido de presenciar lugares bellos, como son un hermoso jardín, el baile de las olas en aguas cristalinas, y está encantado por la vista de una cara hermosa así como de los aromas agradables. La Sharia no trata de suprimir estos impulsos e instintos humanos, sino, de regularlos. La moderación y la adaptación del equilibrio es el gran principio de oro del islam, que ha sido claramente mencionado en el Corán en muchas ocasiones, como por ejemplo: ¡Hijos de Adán! ¡Atended a vuestro atavío siempre que oréis! ¡Comed y bebed, pero no cometáis excesos, que Él no ama a los inmoderados! Al-Araf ayah 31 Corán. Por ello, la Sharia espera que el ser humano adopte el equilibrio cada vez que esté respondiendo a sus impulsos o instintos. Nos provee (la Sharia) directrices para que el instinto humano de gran amor hacia las cosas y los sonidos hermosos no nos lleven a hacernos daño o mal.
Mientras en el mismo tema, el Imam Al-Akbar (Shaykh al-Azhar Mahmud Shaltut) también añadió que una vez leyó un tratado titulado Idah al-dalalat fi sama al-alat (una explicación de la evidencia de escuchar instrumentos musicales) por uno de los grandes eruditos del siglo undécimo conocido por su devoción religiosa Shaykh Abdul Ghani al-Nabulusi al-Hanafi que declaró que los hadices usados por aquellos que consideran la música como ilícita, si los aceptamos como auténticos, su significado siempre será cualificado (muqayyad) por el hecho de que mencionan aquel tipo de música que está acompañada de actos inmorales, consumo de alcohol, fornicación, y otros vicios.
De hecho, no conocemos ningún hadiz que condene la música que no haya mencionado estos vicios. Por ello, la música no es ilícita por sí sola, sino siempre que está asociada o acompañada de vicios o cuando se convierte en un medio para actuar de forma inmoral. Si es libre de dichos problemas y vicios, entonces, está permitido escucharla, estudiarla y participar en eventos musicales.
Ha sido transmitido del profeta (saw), de muchos de sus compañeros (sahaba), y de sus sucesores (tabiun), los grandes líderes de las escuelas de ley y jurisprudencia que solían escuchar y atender a eventos musicales que no estaban acompañados de vicios ni actos prohibidos. Esta es la opinión de muchos sabios de jurisprudencia islámica (fuqaha). Sus fatwas concluyen que escuchar elementos musicales no puede estar considerado ilícito simplemente por su melodía y sonido.
Sin embargo, solo es ilícito para una persona cuando se utilizan como medio para incitar a la gente hacia actos inmorales o cuando previenen a una persona de cumplir sus obligaciones religiosas. Claramente se aprecia mientras se leen los textos de las escuelas de jurisprudencia, que hablan sobre los mandamientos legales (ahkam al-quran), y la lexicografía (lugha) que tocar la pandereta así como otros instrumentos está permitido por consenso general (ittifaq) de las escuelas, específicamente al motivar a los ejércitos en el campo de batalla, al celebrar una boda, al recibir un invitado o una persona que regresa de un viaje, y para motivar a personas envueltas en trabajos manuales duros e importantes. El único punto de diferencia entre los doctores de jurisprudencia (fuqaha), respecto a si la música está permitida o no, según podemos deducir de sus escritos, es cuando la música está acompañada de actos ilícitos e inmorales como son beber intoxicantes, bailes eróticos, fornicación y otros vicios.
Esta parece ser la posición de la escuela Hanafi (mirar Hanafi fuentes previamente mencionadas). Su opinión es que tocar instrumentos musicales estaría permitido cuando no lleve a realizar actos inmorales (ghayr al-mustashni), no afectaría al testimonio de una persona ni a su credibilidad ante un tribunal de justicia. Definieron como acto inmoral (al-mustashni) a aquellas formas de baile que están categorizadas como pecado mayor.
El sabio de la escuela Maliki Ibn Arabi (no Ibn Arabi el sufi sino el experto en hadiz) también expresó una opinión similar en su Ahkam al-quran, diciendo que era igual de lícito el usar un tambor que el usar una pandereta para celebrar bodas, y similarmente todos los otros instrumentos que sean usados para anunciar y celebrar bodas están permitidos siempre que los cantantes no utilicen líricas ofensivas.
Está claro después de leer Ibn Qudama (el sabio Hanbali) en su Mughni cuando cita a los dos juristas al-Shafi’i y Ahmad Ibn Hanbali y añade que no se opone a las posiciones de la escuela Hanafi y Maliki con respecto a las condiciones de permisibilidad de escuchar música (que no esté acompañada de actos ilícitos).
Cada vez que un jurista ha declarado la permisibilidad de unos instrumentos mientras prohibía otros, ha sido porque los instrumentos prohibidos han sido utilizados para incitar al que los escucha a realizar actos inmorales. Esto no significa que el instrumento en sí sea ilícito. Vemos esto claramente en la manera en que los Hanafi, Shafi’i, y Hanbali juristas así como el Maliki Ibn Arabi han explicado su posición de que los instrumentos musicales no deben ir acompañados de actos inmorales y vicios.
Después de un estudio detallado de todas las evidencias a favor y en contra de la música, el autor del libro Al-Sama (“escuchando”) Muhammad Ibn Tahir Ali Ibn Ali Ahmad Ibn Abi Al-Hasan Al-Shaybani Abu Al-Fadl Al-Maqdisi más conocido como Ibn Al-Qaysarani un gran experto en el área del hadiz declaró que no hay ninguna diferencia entre escuchar a un tipo de instrumento u otro ya que no hay ninguna evidencia textual, sea auténtica o inauténtica, sobre o en contra del uso de instrumentos. Sabios como Abdul Al-Ghani Al-Nabulusi Al-Hanafi quien ha sido mencionado previamente, verificó que el uso de dichos instrumentos estaba permitido ya que no hay evidencia que demuestre lo contrario. También, afirma que aquellos hadices usados por quienes se oponen al uso de instrumentos musicales, si asumimos que son auténticos, solamente condenan la música cuando está acompañada y asociada a los intoxicantes, la fornicación y otros actos inmorales. Casi todos estos hadices mencionan estos vicios como la razón detrás de su condena de la música. Esta también es la opinión de Ibn Hazm quien afirma que la permisibilidad o no de la música, está ligada a la intención de la persona.
De manera similar, la opinión de Al-Ghazali (mirar fuente citada anteriormente) mencionada por Al-Shawkani en su interpretación del hadiz, todo lahw (entretenimiento) en el cual el creyente se somete es inválido, de ninguna manera prueba o demuestra que lahw sea ilícito (haram) incluso si asumimos que la cadena de transmisión del hadiz sea auténtica. El Corán dice: “No digáis, entre lo que vuestras lenguas profieren, mentiras como <<Esto es lícito y esto es ilícito>>, inventando así la mentira contra Allah. Quienes inventen la mentira contra Allah no prosperarán” (16:116)
La argumentación que muchas veces se presenta es que escuchar música, estudiarla, atender a eventos musicales es ilícito basado en el principio legal de Sadd Al-dharia (bloquear los caminos/precaución (ante lo ilícito)) o el de dar mafasid muqaddam ala jalb al-masalih ( la prevención de la corrupción tiene preferencia sobre la adquisición de beneficio), tampoco es aceptable ni válido ya que aunque la música a veces este asociada a la corrupción, no ocurre generalmente. Por ello, en este caso sería equiparable al ( la costumbre árabe de) sentarse a los lados de las calles ( o en las esquinas). En un hadiz en Muslimen su Sahih bajo la autoridad de Abu Said Al-khudri, el profeta dijo: Cuidado con sentarse en los lados de las calles! A lo que los compañeros respondieron diciendo, oh profeta de Allah (saw)! No hacemos ningún daño a parte de hablar sobre cosas importantes. Entonces el profeta dijo, si os váis a sentar en los lados de las calles aseguraros que dais a la calle su derecho. Le preguntaron, ¿cuál es el derecho de la calle oh profeta de Allah (saw)? Bajar vuestra mirada, remover los objetos que puedan causar daño, devolver el salam (saludo)a aquellos que pasen por ella, e invitando al bien mientras prohibís el mal (mirar Sharh al-Sunna de Al-Baghawi, 12/3338). De este hadiz podemos deducir que a veces actos lícitos (halal) pueden convertirse en ilícitos cuando van acompañados de actos inmorales o haram. En dichos casos la prohibición (hurma) es causada por la existencia de actos inmorales o haram. En otras palabras, no será un veredicto independiente en sí mismo.
Entonces, mantenerse en el equilibrio (o moderación) en dichos casos es lo más apropiado, (mirar al-Muwafaqat de al-Shatibi, vol.4, p.258). Tomamos dicha posición porque sólo Allah (swt) y su mensajero (saw) tienen la responsabilidad de declarar cosas halal (lícitas) y haram (ilícitas) (mirar ilam al-Muwaqiin de Ibn al-Qayyim, vol.1, p.32).
Allah sabe más.
Traducido de The Islamic Text Institute por Ismael Elkharraz